Por Javier Segura del Pozo
Médico salubrista
Hace unos meses me recomendaron un interesante video realizado por Vicente Baos, Juan Gervás y otros colegas, en el que explicaban la Ley de Atención Inversa[1] (LAI), en su blog “Videos y salud” (http://videosysalud.blogspot.com.es/2011/10/ley-de-cuidados-inversos.html). El video, como veréis, es muy bueno, especialmente por el esfuerzo pedagógico desplegado. Sin embargo, para mí es un ejemplo más de cómo se ha reinterpretado la Declaración de Alma Ata y la Atención Primaria (AP) desde una visión centrada en la consulta médica y que hay un evidente riesgo de reduccionismo de la idea original de AP.
Julian Tudor Hart, autor de la Ley de Atención Inversa.
Según el video, parecería que la forma de abordar el problema planteado por la LAI fuera el evitar un «sesgo» en el trato del usuario que llega a la consulta (según los autores del video, se dedica más tiempo y atención a los pacientes de mayor clase social y similares pautas socio-culturales a las del sanitario que les atiende). Considerar este sesgo potencial es muy importante. Pero lo que principalmente nos dice la LAI (ver http://www.juliantudorhart.org/papers/Paper11.pdf ) es que ciertas personas con más necesidades de salud ni siquiera se convierten en usuarios. No llegan a demandar servicios o lo hacen insuficientemente en relación a otros. Y que los servicios de salud no tienden a localizarse en las zonas con más necesidades de salud, especialmente, en los sistemas sanitarios regidos por criterios de mercado.
Es decir, hay una barrera socio-cultural que impide que las necesidades de salud de una comunidad sean equivalentes a la demanda de atención del centro de salud que sirve a esa comunidad. En esto se basa la necesidad de que el sanitario cuelgue de vez en cuando su bata y se ponga las botas para salir a la comunidad[2]. Es decir la salud comunitaria que no esta basada principalmente en la atención a la demanda.
Por eso es importante que los profesionales de nuestros centros de salud puedan (por el tiempo disponible y por las prioridades en los objetivos a cumplir) desarrollar el trabajo fuera del centro y dirigido a poblaciones vulnerables en su práctica diaria. También justifica el que existan centros especializados en prevención y promoción de la salud enfocados especialmente a estas tareas y que sirvan de apoyo y fomento de las mismas en la red de AP (ejemplo, los CMS del Ayuntamiento de Madrid[3][4]). Finalmente, señala las limitaciones de una AP que pretende resolver todos los problemas de la comunidad desde la consulta.
Se que es una visión de la Salud Comunitaria (y de la AP), y una importante matización sobre la LAI, que seguramente comparten los colegas del video ¿O no?
[1] La LAI fue enuncida en 1971 (Hart JT. The Inverse Care Law. Lancet. 1971; i:405-12), antes de la Declaración de Alma Ata (1978), pero formó parte de las múltiples reflexiones previas sobre los limites de los servicios sanitarios basados en la demanda y la necesidad de reorientarlos hacia un enfoque de necesidades de salud y de salud comunitaria, que confluyeron en la Declaración de Alma Ata y la AP.
[3] Centros Madrid Salud (CMS), centros municipales de salud especializados en prevención y promoción de la salud. Ver: CMS_cuatriptico